Mis funciones están claramente definidas en el los Artículos del 35º al 44º (Administración, manejo y cobro de las cuotas de mantenimiento), Capítulo III del Reglamento y Administración de Condominio.
Desde a principios de marzo del 2000, debido a la inseguridad, a una
serie de asaltos a casas habitación, robo a mano armada al entrar o a
salir de nuestros hogares, robo de polveras y espejos a los vehículos, algunos vecinos empezamos a organizarnos para crear una Asociación de Colonos con el fin de proporcionar seguridad a nuestras familias, así como de rehabilitar y dar mantenimiento al parque de donación municipal. Gracias a la cooperación, respuesta e interés de la gente que ha participado activamente desde entonces, se ha constituido una vez más el Comité de Vigilancia para cumplir con los objetivo inicialmente planteados.
Nuestros objetivos.-
- Proporcionar seguridad a la unidad condominal.
- Contar con un parque de donación municipal limpio, seguro y digno.
- Proveer de alumbrado a las calles condominales.
- Vivir en un ambiente de seguridad, tranquilidad y repeto
¿Por qué un Comité de Vigilancia?
De acuerdo al Artículo 177 del Código Civil del Estado de Jalisco que dice: “Las asociaciones serán representadas por un director general o por un consejo de directores o las denominaciones que señalen los estatutos quienes tendrán las facultades que se les confieran en los mismos” , así como del Artículo 64º del Reglamento Común de Condominio y Administración que dice: “Los inmuebles que se sujeta a Régimen de Propiedad en Condominio mediante la escritura que se relaciona en la parte primera de este instrumento, será administrado por el Comité de Vigilancia en cada uno de los condóminos elegido por la Asamblea General Ordinaria de Propietarios respectivamente”. Por lo que para administrar esta unidad condominal se establece el Comité de Vigilancia. El tipo de régimen se especifica en la escritura notarial de la constitución de la unidad condominal.
¿Qué es un Comité de Vigilancia?
Es un grupo de personas que son elegidos entre los propios condóminos en una Asamblea General Ordinaria de Condóminos para administrar la unidad condominal de acuerdo a un reglamento para el ejercicio anual siguiente. Deberá estar integrado por al menos 10 diez condóminos: Presidente, Secretario, Tesorero y dos Vocales, así como sus respectivos suplentes. Los cargos podrán ser reelectos.
Facultades generales del Comité de Vigilancia.
- Vigilar que los condóminos cumplan con el Reglamento Común de Condominio y Administración.
- Resolver problemas y conflictos comunes entre los condóminos.
- Vigilar el buen funcionamiento, conservación y mantenimiento de las áreas comunes de la unidad condominal
- Ejecutar todos los acuerdos que se toman en una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria.
- Tomar decisiones en aquellos asuntos que no ameriten ser tratados en una Asamblea General.
- Revisar e informar a los condóminos de los gastos ocasionados y estados de cuenta de las aportaciones.
- Convocar a Asambleas Generales ordinarias o Extraordinarias.
- Llevar el expediente de cada Asamblea General ordinaria o Extraordinaria: acuerdos, compromisos y listas de asistencias.
Presidente (a).- Tiene la representación legal y jurídica de la unidad condominal. Se le confiere las facultades de
un apoderado general para pleitos y cobranzas. Recibe avisos y notificaciones
oficiales, tanto de las dependencias públicas como privadas. Además tiene la
responsabilidad operativa, administrativa y social del de la unidad condominal para la sana convivencia y armonía
de la comunidad. Tiene además las responsabilidad de celebrar contratos y convenios en general.
Otras de sus funciones, es la de supervisar el trabajo de los vigilantes en la
caseta de vigilancia, así como de tratar directamente cualquier problema con el
personal administrativo de la empresa privada de seguridad.
Secretario (a).- Principalmente apoya al Presidente en cualquier problema, sobre todo
en el aspecto legal, oficial, operativo y de control. Tiene a su cargo el
trámite ante las dependencias oficiales de cualquier problema, asunto o
solicitud de servicio. De igual manera es responsable del control interno para
las autorizaciones de eventos, mudanzas y permisos de construcción.
Tesorero (a).- Tiene la responsabilidad de llevar un registro contable de la
recaudación, resguardo y uso correcto de los ingresos de las cuotas de colonos.
Realiza el depósito del efectivo en la cuenta bancaria de la asociación de
colonos. así mismo, dentro de sus funciones también está la de realizar todos
aquellos pagos y gastos que se realicen para el mantenimiento del
fraccionamiento una vez que estos han sido aprobados y autorizados por el
actual Comité de Vigilancia. Proporciona informes claros, oportunos y
detallados sobre el uso y destino de las cuotas de colonos.
Vocal.- Principalmente se encarga de cobrar las cuotas de colonos dentro de
una horario previamente establecido y dado a conocer a los condóminos. Además se encarga de entregar comunicados
y notificaciones. Es el enlace entre el Comité de Vigilancia y los condóminos, sirviendo como un medio de
comunicación. Otras de sus funciones es
la de supervisar al Comité de Vigilancia.
Algunos Terminos utilizados.-
Condóminos.- Se refiere a cualquier persona, vecino, familiar, amigo o residente que viva de manera fija o temporal dentro de los límites del fraccionamiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario